Por: Maximiliano Bazán
(Leer noticia en Ciper)

En diciembre pasado, y entre bombos y platillos, el gobierno de Chile anunció un acuerdo con las empresas Aquachile y Cooke Aquaculture para relocalizar nueve concesiones salmoneras fuera de las porciones marinas de los Parques Nacionales Laguna San Rafael, Isla Magdalena y Bernardo O’Higgins. El anuncio buscaba materializar la promesa del presidente Boric de que «industrias como las de la salmonicultura tienen que salir de las áreas protegidas», producto de la contaminación que esa actividad genera sobre ecosistemas que, por su valor ambiental, el propio Estado decidió proteger, y cuyas concesiones otorgadas dentro de parques nacionales después de 1994 fueron irregulares, al no respetar la prohibición que señala el artículo 36 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, según dictamen de 2013 de la Contraloría General de la República [Dictamen N°38.429].

Un mes después del acuerdo entre el gobierno y las salmoneras, una investigación de Fundación Terram [ver publicación en CIPER: “Incumplimientos legales de los negocios salmoneros que el gobierno aprobó relocalizar”] identificó que las nueve concesiones que eran parte del anuncio mantenían incumplimientos legales: cinco habrían incurrido en causal de caducidad y cuatro habrían eludido el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

El SEIA entró en vigencia el 3 abril de 1997. Los proyectos salmoneros (o de cualquier tipo) que iniciaron su trámite antes de esa fecha no tenían la obligación de ser evaluados ambientalmente, siempre y cuando no modificaran el proyecto técnico aprobado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca); en este caso, aumentando su producción por sobre las 35 toneladas respecto de lo aprobado originalmente. Pues bien, los cuatro centros de cultivo que forman parte del acuerdo y que nunca ingresaron al SEIA han producido miles de toneladas por sobre lo autorizado originalmente en su proyecto técnico. Y no una vez, sino en reiteradas ocasiones (ver gráficos a continuación, elaborados a partir de datos de Sernapesca obtenidos por Ley de Transparencia).

De estos cuatro casos de elusión al SEIA, solo dos de ellos tienen actualmente en curso un procedimiento sancionatorio en la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA): Huillines 2 (110228) y Huillines 3 (110259), ambos de la empresa Cooke Aquaculture, ubicados dentro del Parque Nacional Laguna San Rafael en la región de Aysén.

SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL REAFIRMA ELUSIÓN AL SEIA

En el marco del procedimiento sancionatorio recién mencionado, el 22 de julio de 2024 se emitió un informe del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), a solicitud de la SMA, el cual concluyó que los aumentos de producción antes descritos en ambos centros «corresponden a modificaciones que debieron ser evaluadas ambientalmente en el marco del SEIA por tratarse de cambios de consideración».

Lo anterior quiere decir que no solo Cooke Aquaculture lleva años eludiendo la institucionalidad ambiental del país, sino que dicha situación legal se extendería también a los dos centros de Aquachile ubicados dentro del Parque Nacional Isla Magdalena y que también forman parte del acuerdo del gobierno con las salmoneras. Estos antecedentes fueron denunciados por Fundación Terram a la SMA en febrero de 2024. A pesar de ello, dicho organismo aún no ha iniciado el respectivo procedimiento sancionatorio.

De esta manera, queda también en evidencia que ninguno de los tres ministerios que firmó tal acuerdo (Economía, Medio Ambiente y Defensa) se detuvo a revisar los antecedentes legales de estas concesiones, ya que, de haber consultado al SEA antes de tomarse la foto [ver imagen superior], se habrían enterado que, desde hace varios años, cuatro de los nueve centros de cultivo que buscan relocalizar se mantienen eludiendo la institucionalidad ambiental, obteniendo millonarios beneficios económicos a costa del deterioro del fondo marino de dos parques nacionales.

Con estos antecedentes sobre la mesa, cabe preguntarse si el gobierno pretenderá seguir adelante con este acuerdo, en vista de que hacerlo significaría blanquear proyectos que desde hace años operan en la ilegalidad, tal como acaba de señalar el SEA.

Sanción pendiente

En cuanto a la sanción de estos dos casos de elusión que deberá determinar la SMA, su ley orgánica establece la posibilidad de una multa que no sería eficaz por sí sola. Los beneficios económicos obtenidos en el tiempo por la empresa son mucho mayores a los $3.900 millones que podrían cursarse como máximo por cada centro (al ser ambas infracciones clasificadas como «graves» por la SMA). Pero también, y luego de pasar por caja, si la sanción no incluye la clausura definitiva de los centros de cultivo, la empresa podría extender su producción ilegal.

Para dimensionar el beneficio económico, a modo de estimación, los dos centros de Cooke Aquaculture cosecharon 50.993 toneladas de salmones por sobre lo autorizado en su proyecto técnico, equivalentes a $450.000 millones de pesos en ventas. En el caso de Aquachile, las cosechas alcanzaron 19.497 toneladas por sobre lo autorizado en su proyecto técnico, equivalentes a $171.000 millones de pesos en ventas, estimadas en base al precio promedio del kilogramo de salmón durante 2022 (US $9,79).

Por otro lado, un requerimiento de ingreso al SEIA tampoco sería procedente, ya que el cultivo industrial de salmones dentro de parques nacionales está prohibido en Chile. Por ello, bajo ningún contexto podría ser aprobado un permiso ambiental (RCA) asociado a esa concesión, lo cual tal vez explica el hecho de que Cooke Aquaculture hasta hoy no asuma su infracción, negando incluso estar dentro de un parque nacional.

En este contexto, la estrategia de la empresa ha sido dilatar el procedimiento cuando se pueda, a través de acciones judiciales. Por mientras, ha seguido produciendo miles de toneladas de salmones, de una forma que elude la institucionalidad ambiental: desde que la SMA inició el sancionatorio en abril de 2021 y hasta junio de 2024, y entre ambos centros, Cooke Aquaculture ha cosechado 13.628 toneladas de salmones por sobre lo autorizado en su proyecto técnico.

Si se hiciera cumplir la ley vigente, estos cuatro centros de cultivo debiesen ser clausurados por la SMA, ya que, de lo contrario, la sanción de la autoridad podría terminar siendo un incentivo para seguir eludiendo la institucionalidad ambiental del país, dando así una perniciosa señal al resto de la industria. Por esto es que la sanción que determine la SMA con los centros de Cooke Aquaculture será un precedente relevante para los casos que vengan hacia adelante, como son los dos centros de Aquachile en el Parque Nacional Isla Magdalena, cuyos antecedentes de elusión siguen acumulando polvo en las oficinas de la SMA, sin que hasta ahora se inicie un procedimiento sancionatorio.

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