Photo: Daniel Casado

 Legal noncompliance

La industria de salmones ubicada al interior de áreas protegidas enfrenta varias situaciones de incumplimiento de la legislación vigente, tanto en el marco de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, como en la Ley General de Pesca y Acuicultura. Asimismo, vulnera acuerdos internacionales,
como la Convención de Washington.

 

Violation of the Washington Convention

Los acuerdos internacionales firmados y ratificados por Chile constituyen políticas de Estado, y tienen por lo tanto, caracter de Ley.

La Convención Internacional para la Protección de la Flora y Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América (Convención de Washington) fue ratificada por Chile el 4 de octubre de 1967 en virtud del Decreto Supremo Nº 531 del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Este tratado establece deberes de protección para áreas protegidas e impone restricciones claras en cuanto a la explotación de recursos naturales en parques nacionales. Según el artículo III de la Convención: “Los Gobiernos Contratantes convienen en que los límites de los parques nacionales no serán alterados ni enajenada parte alguna de ellos sino por acción de la autoridad legislativa competente. Las riquezas existentes en ellos no se explotarán con fines comerciales”. Esto establece una prohibición explícita sobre cualquier actividad comercial dentro de los parques nacionales, lo que incluye la acuicultura.

En cuanto a las reservas nacionales, el artículo I Nº 2 de la Convención las define como: “Las regiones establecidas para la conservación y utilización, bajo vigilancia oficial, de las riquezas naturales, en las cuales se dará a la flora y fauna toda protección que sea compatible con los fines para los que son creadas estas reservas”. De esta manera, la Convención permite el uso sostenible de los recursos en estas áreas, siempre que dicho uso sea compatible con los fines de conservación. Claramente la salmonicultura, al ser un cultivo de especies exóticas, genera graves daños en los ecosistemas, lo cual es incompatible con los fines para los cuales estas reservas fueron creadas.

De este modo, se está vulnerando este Tratado que tiene carácter de ley, al permitir la presencia de la industria en Parques y Reservas Nacionales.

Expiration of concessions

Los centros de engorda de la industria salmonera se desarrollan sobre bienes nacionales de uso público: porciones de agua y el fondo de mar. Para ello, la legislación chilena, mediante la Ley General de Pesca y Acuicultura, exige contar con una concesión de acuicultura otorgada por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas (SSFFAA), las cuales pueden tener carácter indefinido si fueron otorgadas antes de la entrada en vigencia de la Ley N°20.434 de 2010, o bien una duración de 25 años y renovables cuando se obtuvieron posterior a esa fecha. Además, las concesiones solo pueden ser otorgadas dentro de las Áreas Apropiadas para el ejercicio de la Acuicultura (AAA).

Las concesiones otorgadas se encuentran sujetas a causales de caducidad establecidas en la Ley General de Pesca y Acuicultura, entre ellas se cuenta el no haber iniciado operaciones dentro del plazo de un año desde su entrega material, o el haber paralizado actividades por más de dos años consecutivos sin contar con permiso de la autoridad.

Según información de la Fundación Terram, hay 280 concesiones otorgadas al interior de Áreas Protegidas que habría incurrido en alguna de las dos causales de caducidad, lo que representa el 68% del total. Sin embargo, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) solo denunció 58 casos y, a pesar de ello, hasta junio del 2024 la SSFFAA ha caducado solo 2 concesiones.

Circumvention of the SEIA

En términos ambientales la actividad acuícola se rige desde 1997 bajo la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, (Ley N° 19.300, LBGMA), la cual otorga un permiso ambiental para su funcionamiento, conocido como Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Para obtenerlo, las empresas deben presentar su proyecto al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) ya sea en una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). En la mayoría de los centros de cultivo para engorda de salmónidos, las empresas obtienen su permiso ambiental mediante DIA, un instrumento con menores exigencias que el EIA. Obtenida la RCA, las empresas pueden operar, cumpliendo con las exigencias institucionales, como las cantidades de producción autorizadas.

Para el caso de concesiones otorgadas antes del año 1997 (cuando se promulga la Ley N° 19.300, LBGMA) estas no fueron evaluadas ambientalmente. Sin embargo, sea cual fuere el caso, todas las concesiones deben tener un Proyecto Técnico (PT).

Cuando un centro de cultivo modifica su PT, sin someterlo a evaluación ambiental, incurre en elusión, que está considerada como una infracción gravísima, pudiendo ser, la clausura del centro o una multa de hasta 10.000 UTA ($7.800 millones de pesos). Incluso, puede revocarse su permiso de operación.

Una investigación de Fundación Terram detectó 2 casos de elusión en el Parque Nacional Laguna San Rafael y 2 casos en el Parque Nacional Isla Magdalena. Al mes de julio de 2024, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) no ha iniciado un proceso sancionatorio para estos últimos.

Overproduction of salmonids

Overproduction of salmon occurs when a farm that has been environmentally evaluated and has an Environmental Qualification Resolution (RCA), produces a quantity (tons) of fish greater than the limit authorized in its RCA.

This is one of the main environmental non-compliances committed by this industry, and constitutes a serious infraction, which can be sanctioned by the SMA with a fine of up to 5,000 UTA (Ch$3,900 million), the closure of the center or the revocation of its RCA.

Overproduction, like any environmental infraction, is subject to a three-year statute of limitations if the SMA has not initiated an investigation. According to research by Fundación Terram, 24 cases of overproduction have been registered in the Alberto de Agostini National Park and 95 in the Las Guaitecas and Kawésqar National Reserves, without being detected by the SMA.

It is worth mentioning that in 2023, the industry exported more than 1 million tons for USD $6,448 million, without it being possible to detect what amount corresponds to overproduction, and therefore, was produced outside the law.

Vulneración a los objetivos de creación de áreas protegidas

Las áreas protegidas existen por ser lugares claves para el resguardo  de especies, ecosistemas, procesos y dinámicas naturales. Ya sean parques, reservas u otras categorías de conservación, sus objetivos de creación relevan su importancia, y son detallados mediante un proceso justificatorio que se lleva a cabo realiza en su proceso de decretación. 

La creación de áreas protegidas tiene por objetivo principal mantener nuestro patrimonio natural y, por eso, permitir la operación de la industria salmonera en su interior, que no solo tiene fines comerciales, sino que cultiva especies exóticas originarias del hemisferio norte, es una seria contradicción.

 

Falta de fiscalización y sanción

La falta de fiscalización y sanción de los organismos públicos hacia la industria salmonera ha permitido que empresas inicien o reanuden actividades por encima de los plazos que establece la ley, impidiendo el término de concesiones. Esto incluso ha sido confirmado por la Contraloría General de la República.  En su reciente informe de auditoría N°9 de 2024 la (CGR) concluye que tanto el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) como la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas (SSFFAA) no cumplieron su rol de fiscalizar y sancionar las concesiones salmoneras que incurrieron en causal de caducidad, respectivamente, según lo establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura.

“En una revisión del Sistema de Información para la Fiscalización de Acuicultura (SIFA), la Contraloría General de la República (CGR) detectó falta de control por parte del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) respecto de 170 centros de cultivo de salmones y la no aplicación de las causales para caducar concesiones establecidas en la ley”, señaló la propia entidad.

 

The legal framework in which salmon farming operates will be modified with the implementation of the new Law 21.600 that creates the Biodiversity and Protected Areas Service (SBAP), and the future aquaculture and fishing laws announced by Gabriel Boric's government.

 

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